- Ciudadanos uruguayos
- Ciudadanos extranjeros residentes en Uruguay
- Los siguientes ciudadanos extranjeros no residentes en Uruguay:
- Ingresos transitorios con fines laborales, económicos, empresariales o judiciales gestionados ante la Dirección Nacional de Migración por parte del Ministerio competente en el área involucrada y fundados en necesidades impostergables.
- Tripulantes.
- Choferes transporte internacional.
- Diplomáticos.
- Extranjeros que se beneficien del corredor humanitario o sanitario.
- Brasileños que demuestren su situación de fronterizos e ingresen por frontera Uruguay-Brasil permaneciendo en la ciudad fronteriza.
- Casos manifiestamente fundados de protección internacional (Ley de Refugiados).
- Situaciones debidamente justificadas de reunificación familiar en el marco de la ley 18.250 (Migración).
¿Quiénes tienen que cumplir con la cuarentena de 14 días?
- Los ciudadanos uruguayos.
- Extranjeros residentes en Uruguay.
- Ingresos transitorios con fines laborales, económicos, empresariales o judiciales impostergables, si va a permanecer en el país por más de 7 días y no deciden realizar un aislamiento preventivo de 7 días y un nuevo test al cabo de dicho plazo.
- Tripulaciones y prácticos.
- Diplomáticos y funcionarios de Organismos Internacionales.
- Situaciones de re unificación familiar.
¿Para quiénes se establecieron nuevos requisitos de entrada el 6 de julio?
Para los siguientes extranjeros no residentes autorizados a ingresar al país:
- Extranjeros que ingresen con fines laborales, económicos, empresariales o judiciales indispensables, debidamente gestionados ante la autoridad competente.
- Choferes de transporte internacional de mercaderías, correspondencia, etc
- Brasileños provenientes de ciudades fronterizas y que permanezcan en la ciudad fronteriza uruguaya
- Extranjeros beneficiados por “corredor humanitario” o “sanitario”
¿Qué requisitos deben cumplir los extranjeros no residentes que ingresen con fines laborales, económicos, empresariales o judiciales indispensables, debidamente gestionados ante la autoridad competente?
Previo a su entrada al país
- No ingresar al país con síntomas o si estuvo en contacto directo con un positivo de COVID-19.
- Si presenta síntomas en el trayecto informarlo al primer puesto de control.
- Proporcionar un test negativo de COVID-19 con una antigüedad inferior a 72h.
- Completar las declaraciones juradas relativas a su situación sanitaria.
- Contar con un seguro asistencial con cobertura a través de los centros sanitarios del país y con numero telefónico accesible.
- Declarar las razones que hacen impostergable su viaje al país, adjuntando carta que lo fundamente u orden judicial en su caso.
- Declaración de itinerario incluyendo características de trabajo y contactos que mantendrá durante el mismo.
Al ingreso al país
- Control de temperatura que no deberá ser superior a los 37,3 grados.
- Uso de mascarilla facial en las oportunidades en que se mantenga a menos de 2 metros de otras personas.
Si va a permanecer en el país por mas de 7 días, deberá adicionalmente:
- Realizar un aislamiento preventivo de 7 días y realizarse un nuevo test o;
- Extender su aislamiento por 7 días más, de manera de completar un período total de 14 días.
En caso de presentar síntomas durante su estadía en el país deberá aislarse inmediatamente e informar al Ministerio de Salud Pública.