22 julio, 2020

Régimen especial de subsidio por desempleo para trabajadores remunerados por día o por hora con suspensión parcial por reducción de jornales o de horario habitual

Aplica desde el 1/7/20 al 30/9/20

Comprende a los trabajadores con un mínimo de trabajo efectivo mensual de 6 jornales y un máximo de 19 jornales o en casos de reducción del total de horas de su horario habitual en un porcentaje de un 50% o más del legal habitual en épocas normales.

Monto mensual a percibir por el subsidio: 1 jornal promedio por cada día no trabajado.

En ningún caso:

  1. el monto a percibir por concepto de subsidio podrá superar el equivalente a 12 jornales promedio.
  2. la suma del monto de los jornales efectivamente trabajados más el monto de los jornales por concepto de subsidio podrá superar el promedio mensual de los jornales registrados en los últimos seis meses.
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